Política de ASG
1.- INTRODUCCIÓN
El Reglamento (UE) 2019/2088 de 27 de noviembre de 2019 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros establece que los participantes en los mercados y los asesores financieros deben disponer de una política de integración de los riesgos de sostenibilidad en su proceso de toma de decisiones de inversión y/o en su asesoramiento sobre inversiones o seguros. El artículo 3, Transparencia de las políticas relativas a los riesgos de sostenibilidad, establece que “los participantes en los mercados financieros publicarán en sus sitios web información sobre su política de integración de los riesgos de sostenibilidad en su proceso de toma de decisiones de inversión.
Los asesores financieros publicarán en sus sitios web información sobre sus políticas de integración de los riesgos de sostenibilidad en su asesoramiento sobre inversiones o seguros”.
A través del presente documento queremos detallar nuestro firme compromiso de integrar la información recabada acerca de los riesgos medioambientales, sociales y de gobernanza a nuestro proceso de análisis cuantitativo y cualitativo de las diversas inversiones con potencial inclusión en la cartera de nuestros clientes. Este documento será de aplicación a la totalidad de la plantilla de GETINO FINANZAS EAF presente y futura, siendo revisado con una periodicidad anual para reflejar o incrementar, si fuera necesario, cualquier cambio en nuestro proceso de análisis de las diversas inversiones. Este documento deberá ser publicado en la página web de la entidad.
- AMBITO DE APLICACIÓN
Esta Política es de aplicación, con carácter general, a todo el personal presente y futuro de la Entidad. En particular, debe ser conocida por todos [los directivos, empleados, agentes y demás personas vinculadas a la Entidad, directa o indirectamente, por una relación de control, en la medida en que corresponda] así como por todas aquellas personas que mantengan una relación directa o indirecta con la prestación de servicios de inversión a los clientes.
Dado el tamaño y la organización interna de la entidad y la naturaleza, el alcance y la complejidad de las actividades que desarrolla, se acoge al principio de proporcionalidad contemplado en el citado Reglamento de Divulgación. La aplicación de esta la Política se irá implementando y detallando a lo largo del periodo que indique el regulador y en la medida que sea posible por las limitaciones indicadas.
- ENTRADA EN VIGOR:
Las autoridades europeas de supervisión (ESMA, EBA y EIOPA) publicaron, el 25-2-2021, un comunicado sobre la aplicación del reglamento de divulgación (SFDR, por sus siglas inglesas) y sus normas técnicas de regulación (RTS, por sus siglas inglesas) aún pendientes de aprobación.
El principal objetivo de la declaración es garantizar un enfoque armonizado en la presentación del contenido y las metodologías de la información relacionada con la sostenibilidad, considerando las diferentes fechas de aplicación del reglamento y de las RTS:
- El reglamento de divulgación es parcialmente aplicable desde el 10-3-2021 bajo el principio de «cumplir o explicar».
- La fecha de aplicación propuesta para las RTS está prevista para el 1-1-2022
- APLICACIÓN DE LOS CRITERIOS ASG AL PROCESO EN EL ASESORAMIENTO SOBRE INVERSIONES:
Los criterios ASG (o ESG en inglés) que atienden a los tres pilares de la sostenibilidad son el Ambiental, el Social y el de Gobernanza son:
– Criterios Ambientales (A): Abarca temáticas como los riesgos climáticos, la escasez de recursos naturales, la contaminación y los residuos, además de las oportunidades medioambientales.
Política, gestión y reporting medioambiental, consumo de recursos, contaminación (residuos, agua, aire, maderas…), productos, negocios de impacto positivo (energías renovables) / negativo a nivel medioambiental, etc.
– Criterios Sociales (S): Incluye cuestiones laborales y de responsabilidad de productos, riesgos como la seguridad de los datos y la oposición de los grupos de interés. Fomento del cumplimiento de los derechos humanos / derechos del trabajo (formación, salud y seguridad, igualdad…), labor en países en desarrollo / relación con la sociedad, productos/negocios de impacto positivo / negativo a nivel social, creación de empleo, etc.
– Gobernanza (G): Gobierno corporativo: Comprende elementos relacionados con el gobierno corporativo y el comportamiento de la empresa, como la calidad y la eficacia del consejo. Prácticas responsables / implicación en consejos de dirección, cumplimiento con principios contra soborno / corrupción, mujeres en órganos de dirección, códigos de ética empresarial, relación con stakeholders/ empleados / clientes / proveedores, etc.
Principales Incidencias Adversas:
La entidad no tiene en cuenta las Principales Incidencias Adversas de las decisiones de inversión sobre factores de sostenibilidad porque considera que para poder hacerlo con el rigor necesario es imprescindible la publicación de los correspondientes desarrollos normativos del Reglamento 2019/2088 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros.
La entidad podrá tener en cuenta las Principales Incidencias Adversas de las decisiones de inversión sobre factores de sostenibilidad, una vez sean publicados y analizados dichos desarrollos.
4- INFORMACIÓN A CLIENTES SOBRE LA PRESENTE POLÍTICA:
La presente Política se pondrá a disposición de los clientes, y del público en general, a través de la página web de la Entidad.
5- APROBACIÓN Y REVISIÓN DE LA POLÍTICA
La Política ha sido aprobada por el Órgano de Administración de la Entidad. Las eventuales modificaciones de la presente Política requerirán de la aprobación del Órgano de Administración de la Entidad. La Política será actualizada y/o modificada, al menos, en los siguientes casos:
- Cuando tengan lugar cambios legales o normativos que afecten a la política establecida.
- A propuesta de los responsables de las funciones de control interno de la Entidad o de la dirección, cuando se entienda que existen apartados susceptibles de mejora para la consecución de los objetivos propuestos o para adaptarse convenientemente a la situación y al negocio de la Entidad en cada momento.
- A propuesta de los órganos supervisores.